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Cualquier persona física o jurídica que ponga por primera vez a disposición un producto de clase IIa, IIb o III, para su distribución y/o utilización en territorio español efectuará una comunicación a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), en el momento en que haga efectiva dicha puesta a disposición en el mercado.
La AEMPS mantendrá un registro actualizado de todas ellas. Así mismo, cualquier persona física o jurídica que comercialice productos sanitarios deberá mantener un registro de los productos que ponga a disposición en territorio español, incluyendo como mínimo:
- Nombre comercial del producto.
- El modelo.
- Número de serie o lote.
- Fecha de suministro.
- Identificación del cliente.